18 giugno 2008

Losantos (Cadena COPE) condatto per diffamazione

Federico Losantos non ha convinto i giudici e dovrà pagare una multa di 36 mila euro per aver insultato, travalicando gli ampi limiti concessi alla libertà di espressione, il sindaco di Madrid Alberto Ruiz-Gallardòn. Losantos era stato denunciato dopo le reiterate trasmissioni COPE, la catena spagnola controllata dall'episcopato spagnolo, in cui Gallardòn veniva in pratica accusato di aver insabbiato le inchieste sui "veri" mandanti della strage dell'11 marzo a Madrid per pura ambizione di potere. I proprietari della COPE, cioè i vescovi, hanno già fatto sapere che per loro la sentenza non ha alcuna validità e lo stesso condannato, che ricorrerà in appello, ha dichiarato che "a questo prezzo" continuerà a dire quello che gli pare.
Quello che segue è l'editoriale di El Paìs, che mi sento di condividere. Il "giornalismo" di Federico lo conosciamo fin troppo bene dalle nostre parti: è quella strana miscela di notizie (spesso fasulle o molto distorte), vetriolo politico e furba retorica, che somiglia più al condizionamento di parte che a una corretta informazione. La "libertà" invocata dai campioni del "comizio giornalistico" è quella di affrontare l'avversario politico e ridurlo a una merdaccia, con l'unico scopo di creare consenso e attirare voti a favore delle personali affiliazioni politiche (che tra l'altro oggi si incarnano, anche nelle democrazie più mature, nella figura del candidato unico). A casa mia questo si chiama squadrismo e come minimo dovremmo averne paura.
La condena

La libertad de expresión no ampara a Losantos para injuriar a quienes no le obedecen

18/06/2008


La condena judicial del periodista de la Cope Federico Jiménez Losantos por un delito continuado de injurias graves con publicidad contra el alcalde de Madrid incide sobre tres asuntos de interés público: los límites a la libertad de información y expresión, la teoría de la conspiración sobre el 11-M y el papel de la emisora propiedad de la Iglesia. La libertad de expresión y de información es muy amplia, pero tiene límites. El primero es el de la veracidad. El amparo que la Constitución ofrece a informaciones y opiniones requiere que no se basen en falsedades o al menos que haya habido un intento diligente de verificación. Losantos no respetó ese límite cuando acusó reiteradamente a Alberto Ruiz-Gallardón de propugnar que no se investigara el 11-M y que ese crimen que causó 191 víctimas quedara impune.
Realizó esa acusación de manera reiterada, incluso después de que el alcalde declarara públicamente que no había dicho eso, y también después de la presentación de su querella por injurias; y lo hizo utilizando todo tipo de expresiones ofensivas, que no añadían nada a la información ni contribuían a la formación de la opinión. La Constitución, dice la sentencia, no reconoce el derecho al insulto.
En esas condiciones, sin un fundamento veraz y con intención ofensiva, la apelación a la libertad de expresión no sólo es jurídicamente improcedente, sino que se convierte en un pretexto para otros fines. Por ejemplo, para castigar al alcalde de Madrid por no secundar, como habían hecho otros políticos y personajes públicos, la teoría conspiratoria sobre el 11-M que Losantos venía propagando. Por eso dice cosas como que a Gallardón no le importan los 191 muertos con tal de llegar al poder "como sea".
Esta actitud intimidatoria del periodista se proyecta sobre el presente, dada la voluntad expresada por el presidente del PP, Mariano Rajoy, tras las últimas elecciones, de mantener su independencia frente a presiones mediáticas, en referencia transparente a Losantos y otros influyentes comunicadores. Resulta por ello un magno ejemplo de distorsión interesada de la realidad que algunos de esos comunicadores, como el director de El Mundo, consideren que la condena de su colega establece un precedente disuasorio para los periodistas que se atrevan a criticar al poder. Más bien al contrario, la sentencia está llamada a servir de freno a la utilización impune, con el pretexto de la libertad de expresión, del poder intimidatorio de ciertos medios para coaccionar a personas públicas.
Finalmente, no es irrelevante el hecho de que ese delito continuado de injurias apreciado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid se haya cometido desde la emisora propiedad de la Conferencia Episcopal. Hay motivos para pensar que los obispos, o algunos obispos, temen más que su locutor estrella se revuelva contra ellos si no le apoyan suficientemente que al descrédito que su presencia en la Cope ocasiona a la Iglesia española.

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